Preguntas frecuentes

¿Qué es el Seguro de Baja Laboral?

Es un seguro que cubre las necesidades económicas del asegurado derivadas de una enfermedad o accidente.

¿A quién se dirige el Seguro de Baja Laboral?

Se dirige principalmente a trabajadores autónomos, pero también existe una opción para asalariados. El rango de edad para contratar este seguro es de 16 a 65 años.

¿Qué modalidades hay en el Seguro de Baja Laboral?

A la hora de contratar el Seguro de Baja Laboral, puedes elegir que sea con baremo o sin baremo. Si te decides por la opción sin baremo, también puedes escoger que sea con franquicia o sin franquicia.

¿Qué es el baremo en el Seguro de Baja Laboral?

El baremo es la lista que asigna la compañía a cada enfermedad/accidente un número fijo de días de indemnización. Pongamos un ejemplo, te haces una fractura de muñeca y no puedes realizar tu actividad. Nos envías tu parte de baja y la compañía confirma que todo es correcto. Según el baremo de la compañía una fractura de carpo o muñeca con tratamiento ortopédico equivale a 44 días de baja. Por lo tanto, si tuvieras asegurado un importe diario de 50€, recibirás 2.200€ (44días de baja x 50€ por día).

¿Qué es la franquicia en el Seguro de Baja Laboral?

Si te decantas por el Seguro de Baja Laboral sin Baremo, puedes elegir que tenga franquicia o no. La franquicia es el número de días iniciales de cada proceso de baja que no dan derecho a indemnización. Es decir, si contratas la opción con franquicia, recibirás la prestación económica a partir del día siguiente del periodo establecido de franquicia. Por ejemplo, con la franquicia de 7 días recibirás la prestación económica a partir del octavo día.

¿En qué se basan las cuotas del Seguro de Baja Laboral?

Se establecen en base a dos criterios:

  • La profesión. El Grupo 1 abarca aquellos trabajos que no son manuales, como por ejemplo el administrativo. El Grupo 2, en cambio, engloba las profesiones que requieren trabajo manual pero que no utilizan herramientas, como puede ser el caso de un masajista. Por último, el Grupo 3 comprende aquellos trabajos manuales que sí que utilizan herramientas, como un albañil o un fontanero.
  • La edad. El importe de la póliza también varía en función de la edad que tengas. Existen dos grupos, de 16 a 50 años y a partir de 50 años.

¿Excluye alguna profesión el Seguro de Baja Laboral?

Sí, existen algunos trabajos que conllevan riesgos muy elevados y por lo tanto están excluidos del Seguro de Baja Laboral. Si tienes dudas, puedes contactar con nosotros.

¿Cómo funciona el Seguro de Baja Laboral?

Para proceder con la contratación del seguro, deberás cubrir un cuestionario de salud. En base a tus respuestas, es posible que el seguro pueda contratarse pero con exclusiones. De esta forma, puede ser que si tienes algún problema de salud no lo tengas cubierto. En ese caso, nos encargaremos de explicarte detenidamente cuáles serían las exclusiones en tu póliza, y si no estás de acuerdo, puedes decidir no realizarlo.

¿Cómo se efectúan los pagos del Seguro de Baja Laboral?

Como todo seguro su prima es anual pero tiene diversidad de formas de pago (mensual, trimestral, semestral…) mediante domiciliación bancaria.

¿Cuándo empieza y acaba la cobertura del Seguro de Baja Laboral?

La cobertura comienza en la fecha de efecto del contrato y finaliza un año después, que puedes prorrogar hasta los 65 años.

¿Cómo se puede rescindir el Seguro de Baja Laboral?

Puedes rescindir el contrato avisando con un mes de antelación al vencimiento de la póliza. En el caso de que sea por jubilación, cambio de situación profesional (pases de ser autónomo a régimen laboral o viceversa) o por desempleo, podrás anular la póliza antes de su vencimiento.

¿Dónde estás cubierto con el Seguro de Baja Laboral?

Estarás cubierto en todo el mundo siempre y cuando el periodo de convalecencia sea en España.

¿Qué no está asegurado en el Seguro de Baja Laboral?

Las principales exclusiones son:

  • Lesiones o enfermedades existentes a la previa contratación del seguro y no declaradas.
  • Autolesiones y suicidio o su tentativa.
  • La baja derivada de hallarse la asegurada en estado de gestación, parto o aborto. Es decir, si el médico te recomienda reposo durante tu embarazo la compañía no está obligada a cubrirte esa baja. Sin embargo, si durante el embarazo estás de baja por una enfermedad que no tenga relación con el mismo, como una lesión, sí estás cubierta. Además, la compañía te cubre los posteriores 25 días de dar a luz.
  • Las lesiones que se produzcan como consecuencia de la competición en cualquier deporte.
  • Las neuropatías y algías que no den síntomas objetivables.

¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura del Seguro de Baja Laboral?

Existe el periodo de carencia, que estipula 2 meses para baja por enfermedad, 10 para prestación por parto y un año para la invalidez absoluta.

¿Cómo tengo que hacer si sufro una enfermedad o un accidente?

Es muy fácil, una vez que el médico te dé la baja, nos la envías a nosotros y se lo comunicamos a la compañía. El único requisito es que tienes que hacerlo antes de que pasen 7 días. Nuestro Departamento de Siniestros te informará continuamente de los pasos a seguir y te informará de la evolución del siniestro en todo momento.
Los documentos que nos tendrás que facilitar para dar el parte son los siguientes:

  • El parte de baja de la Seguridad Social
  • Informe médico
  • Informe de primera asistencia o en su caso de alta hospitalaria
  • Parte de alta de la Seguridad Social

¿Hay un tiempo límite de baja?

El tiempo máximo en el que podrás percibir la prestación económica del seguro es de 365 días, ya que está pensado para bajas temporales.
En el caso de que estés más de dos meses de baja no tendrás que esperar hasta recuperarte para recibir el dinero, la compañía te lo ingresaría por plazos.

¿Es posible desgravar el Seguro de Baja Laboral?

Sí, si eres autónomo y tributas por actividad económica en el IRPF por estimación directa, el seguro es deducible hasta 500€.